El Fiscal Superior de Cataluña, Francisco Bañeres, ha denegado el acceso a una investigación reciente sobre un violador en serie a tres de sus víctimas que lo habían solicitado. Tras diversas negativas de Bañeres, una de ellas lo solicitó por escrito el 14 de octubre, tras conocer que se ha obtenido un nuevo perfil genético completo, aunque anónimo, del agresor. Pero dado que los delitos han prescrito, “resulta necesario preservar los derechos fundamentales y los datos personales de terceros”, dice el fiscal en referencia al violador impune cuya identidad podría desvelarse, y añade que la condición de víctima no da “por sí sola, un derecho de acceso” a la investigación. Así consta en un decreto notificado el lunes pasado, dos días después de que EL PAÍS publicase una noticia sobre la falta de respuestas.
El fiscal superior, Francisco Bañeres, dice que la condición de perjudicadas no les da derecho a esa documentación, aunque la circular del Ministerio Público sobre la materia dice lo contrario
El Fiscal Superior de Cataluña, Francisco Bañeres, ha denegado el acceso a una investigación reciente sobre un violador en serie a tres de sus víctimas que lo habían solicitado. Tras diversas negativas de Bañeres, una de ellas lo solicitó por escrito el 14 de octubre, tras conocer que se ha obtenido un nuevo perfil genético completo, aunque anónimo, del agresor. Pero dado que los delitos han prescrito, “resulta necesario preservar los derechos fundamentales y los datos personales de terceros”, dice el fiscal en referencia al violador impune cuya identidad podría desvelarse, y añade que la condición de víctima no da “por sí sola, un derecho de acceso” a la investigación. Así consta en un decreto notificado el lunes pasado, dos días después de que EL PAÍS publicase una noticia sobre la falta de respuestas.
El perfil genético corresponde a uno de los dos autores de una quincena de violaciones cometidas en dos olas sucesivas en Cataluña en los años noventa. Por la primera ola, en 1991, fueron condenados dos inocentes, en lo que constituye el mayor error judicial de la democracia: un albañil marroquí, Ahmed Tommouhi, y un vendedor ambulante de la misma nacionalidad, Abderrazak Mounib, que murió en la cárcel. Cuatro años después, en 1995, tras la segunda ola de violaciones, se detuvo a uno de los agresores y se descubrió que era idéntico a uno de los inocentes condenados. Pero el detenido nunca delató a su cómplice y los delitos de este quedaron impunes.
Este verano, el fiscal, tras ordenar que se ampliaran los análisis de ADN de las violaciones de 1995, archivó la investigación sobre el cómplice porque los delitos han prescrito, según confirmó a este diario. Ahora, las víctimas quieren saber si el nuevo perfil genético obtenido por orden del fiscal podría servir para identificar al violador impune y si ellas podrían reclamar por el mal funcionamiento de la Administración de Justicia.
“Deber reforzado de reserva”
El fiscal Bañeres considera que “la condición de víctima” no supone tener derecho a acceder a una copia del expediente. Y para ello invoca principalmente la condena al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por la filtración periodística de unos correos del entonces novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, que el Tribunal Supremo consideró confidenciales: “La información obtenida por razón del cargo está sometida a un deber reforzado de reserva”, recuerda Bañeres sobre la condena a García Ortiz.
En otro caso reciente, en cambio, la Fiscalía de la Audiencia Nacional, al oponerse al derecho de acceso de un sospechoso a unas diligencias preprocesales —el mismo tipo de investigación desarrollado por Bañeres en Cataluña—, reconoció expresamente que las únicas personas que tienen ese derecho de forma indiscutible son, precisamente, las víctimas. “El contenido de las diligencias de investigación archivadas debe considerarse reservado, pero permitiéndose su acceso a la víctima”, defendió la Fiscalía entonces, como ya contó este diario este sábado.
El fiscal Bañeres contradice así lo que el propio Ministerio Público defendió en sede judicial. Y el apartado octavo del decreto, dedicado a la “interpretación de la Circular 2/2022 de la Fiscalía General del Estado”, contradice también la letra de esa circular. Asegura que “en ninguna parte” de la misma “se menciona o impone el deber de entregar copias íntegras del expediente”, aunque la circular no deja lugar a dudas y dice expresamente lo contrario: Habla varias veces del derecho a tener “copia”: “Las víctimas podrán obtener copias simples de las actuaciones o testimonio de las mismas. La expedición de las copias o de los testimonios deberá documentarse mediante diligencia de constancia que exprese la fecha en la que se entregan y la identidad de la persona que los recibe y del funcionario que los facilita.” De hecho, la circular solo deja al fiscal la elección del formato, que podrá ser “digital o físico”.
El culpable que falta
“Es todo muy descarado”, dice la víctima contactada por este diario. “La verdad es que me afecta todo esto”, añade. El fiscal añade una última y sorprendente noticia a la víctima, le hace saber que contra su decreto gubernativo “no cabe recurso alguno”. La Audiencia Nacional dejó claro, en el caso del sospechoso que reclamaba el acceso a unas diligencias preprocesales, que sí cabe recurso. El sospechoso, de hecho, obtuvo una sentencia favorable.
Más allá del legítimo interés de las víctimas, el interrogante sobre la identidad del violador impune también interesa a los familiares del segundo de los inocentes condenados por la primera ola de violaciones, la de 1991, que falleció en prisión.
El inocente que aún vive, Ahmed Tommouhi, confundido con el violador detenido en 1995, pasó 15 años encarcelado. Este verano, el Tribunal Supremo, tras haber anulado sus cuatro condenas, ordenó al Estado pagarle 2,5 millones de euros, la mayor indemnización jamás concedida por un error judicial en democracia.
El otro inocente, Abderrazak Mounib, al que también algunas víctimas y testigos confundieron —en su caso, con el violador impune—, murió en la cárcel en abril de 2000. Sus herederos quieren que el Supremo, que ya reconoció su inocencia en un caso, revise el resto de sus condenas. ¿Quién es el hombre con el que lo confundieron? Según Bañeres, prescritos los delitos, la Fiscalía debe velar por su anonimato.
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