La lista de grandes morosos con la Agencia Tributaria -con deudas superiores a los 600.000 euros- se ha reducido sensiblemente este año hasta los 5.853 deudores con el fisco a cierre del ejercicio fiscal de 2025, lo que representa un 2,4% menos que el año pasado. En la misma línea el importe de esas deudas que han provocado choques con Hacienda también se ha reducido un 4,4% hasta los 15.432 millones de euros.De todos los defraudadores incluidos en ese listado, 1.111 son personas físicas por importe de 1.680 millones de euros (en la lista anterior eran 1.077 por importe de 1.579 millones de euros) y 4.742 son personas jurídicas por importe de 13.752 millones (frente a los 4.920 del año anterior y 14.558 millones).Por su parte, del importe total, 4.288 millones de euros (el 28%) se corresponde con deuda de deudores en proceso concursal (1.166 deudores, el 20% del total) y, por tanto, es deuda afectada por un proceso en el que las posibilidades de cobro efectivo de las deudas se encuentran limitadas mientras dure el propio proceso concursal. En el listado anterior: algo más de 4.507 millones de euros (el 28%); 1.224 deudores, el 20% del total.Si se restan duplicidades (ya que existen importes que corresponden a deudores principales y sus responsables solidarios), el importe sería de 15.364 millones de euros, en este caso un 12,2% superior. Al cierre de 2024 Hacienda contaba con un total de 5.997 deudores de más de 600.000 euros por un importe que superaba los 16.138 millones de euros.Un escarmiento para no aparecerEn esta ocasión han salido de la lista de morosos 879 deudores que no figuraban en la del año pasado, con un importe adeudado de 1.729 millones de euros. La salida de la lista se puede deber tanto a la cancelación total o parcial de las deudas objeto de publicación, como a la obtención de un aplazamiento o suspensión de la deuda antes de la fecha de toma de datos de finales de 2025, o por falta de firmeza de la deuda. Al mismo tiempo han entrado en la lista 735 deudores, que no aparecían en el listado publicado en junio de 2025. El importe de la deuda suma 1.083 millones de euros. Los efectos de aparecer en esta especie de diana tributaria siguen dejándose notar. Porque entre los meses transcurridos desde la publicación en junio de 2024 del anterior listado, un total de 1.741 deudores que tenían deudas pendientes a 31 diciembre de 2024 y por las que fueron publicados en el listado de junio del año pasado, han realizado ingresos de esas deudas por importe de 220 millones. Por otra parte, se han realizado ingresos por importe de 79,5 millones correspondientes a deudores que han evitado aparecer en el decimotercer listado a publicar en junio de 2026. Estos deudores se encontraban en una de estas dos situaciones.Quiénes están incluidosPara aparecer en la ya conocida como lista de morosos con Hacienda no es suficiente con tener deudas pendientes con el fisco. Automáticamente no se traslada ese contribuyente al listado. Hace falta cumplir otros criterios: superar los 600.000 euros de deuda pendiente, no haber sido pagado transcurrido el plazo original de ingreso en período voluntario (por ejemplo, este martes finaliza el plazo voluntario de la Renta), estar pendientes de pago a 31 de diciembre de 2025 y que no estar aplazadas o suspendidas por cualquier motivo legalmente previsto. Se habilita, no obstante, la posibilidad de ser excluido de la publicación si previamente se efectúa el pago íntegro de las deudas y sanciones tributarias que hubieran determinado la inclusión en el listado.De hecho, el Tribunal Supremo ha acotado esta lista. La Agencia Tributaria se vio obligada a recortarla en casi un millar de contribuyentes (958, en concreto) y a reducir las deudas reclamadas de manera pública y notoria en más de 2.200 millones de euros tras la sentencia del Tribunal Supremo de 2023 en la que sentó el principio de que solo podrían incluirse a las personas físicas y jurídicas con deudas o sanciones tributarias firmes.El Alto tribunal dio respuesta así a la catarata de recursos presentados por contribuyentes con sanciones tributarias recurridas, que protestaron por ver sus nombres expuestos al escarnio público como deudores con Hacienda sin tener una sentencia que diera firmeza a esa condición, aunque lo que desencadenó en último término la resolución del Supremo fue el recurso presentado por la Tesorería General de la Seguridad Social contra el Ayuntamiento de Madrid por incluir al organismo como moroso cuando aún se estaba discutiendo en los tribunales si había caso o no. La lista de grandes morosos con la Agencia Tributaria -con deudas superiores a los 600.000 euros- se ha reducido sensiblemente este año hasta los 5.853 deudores con el fisco a cierre del ejercicio fiscal de 2025, lo que representa un 2,4% menos que el año pasado. En la misma línea el importe de esas deudas que han provocado choques con Hacienda también se ha reducido un 4,4% hasta los 15.432 millones de euros.De todos los defraudadores incluidos en ese listado, 1.111 son personas físicas por importe de 1.680 millones de euros (en la lista anterior eran 1.077 por importe de 1.579 millones de euros) y 4.742 son personas jurídicas por importe de 13.752 millones (frente a los 4.920 del año anterior y 14.558 millones).Por su parte, del importe total, 4.288 millones de euros (el 28%) se corresponde con deuda de deudores en proceso concursal (1.166 deudores, el 20% del total) y, por tanto, es deuda afectada por un proceso en el que las posibilidades de cobro efectivo de las deudas se encuentran limitadas mientras dure el propio proceso concursal. En el listado anterior: algo más de 4.507 millones de euros (el 28%); 1.224 deudores, el 20% del total.Si se restan duplicidades (ya que existen importes que corresponden a deudores principales y sus responsables solidarios), el importe sería de 15.364 millones de euros, en este caso un 12,2% superior. Al cierre de 2024 Hacienda contaba con un total de 5.997 deudores de más de 600.000 euros por un importe que superaba los 16.138 millones de euros.Un escarmiento para no aparecerEn esta ocasión han salido de la lista de morosos 879 deudores que no figuraban en la del año pasado, con un importe adeudado de 1.729 millones de euros. La salida de la lista se puede deber tanto a la cancelación total o parcial de las deudas objeto de publicación, como a la obtención de un aplazamiento o suspensión de la deuda antes de la fecha de toma de datos de finales de 2025, o por falta de firmeza de la deuda. Al mismo tiempo han entrado en la lista 735 deudores, que no aparecían en el listado publicado en junio de 2025. El importe de la deuda suma 1.083 millones de euros. Los efectos de aparecer en esta especie de diana tributaria siguen dejándose notar. Porque entre los meses transcurridos desde la publicación en junio de 2024 del anterior listado, un total de 1.741 deudores que tenían deudas pendientes a 31 diciembre de 2024 y por las que fueron publicados en el listado de junio del año pasado, han realizado ingresos de esas deudas por importe de 220 millones. Por otra parte, se han realizado ingresos por importe de 79,5 millones correspondientes a deudores que han evitado aparecer en el decimotercer listado a publicar en junio de 2026. Estos deudores se encontraban en una de estas dos situaciones.Quiénes están incluidosPara aparecer en la ya conocida como lista de morosos con Hacienda no es suficiente con tener deudas pendientes con el fisco. Automáticamente no se traslada ese contribuyente al listado. Hace falta cumplir otros criterios: superar los 600.000 euros de deuda pendiente, no haber sido pagado transcurrido el plazo original de ingreso en período voluntario (por ejemplo, este martes finaliza el plazo voluntario de la Renta), estar pendientes de pago a 31 de diciembre de 2025 y que no estar aplazadas o suspendidas por cualquier motivo legalmente previsto. Se habilita, no obstante, la posibilidad de ser excluido de la publicación si previamente se efectúa el pago íntegro de las deudas y sanciones tributarias que hubieran determinado la inclusión en el listado.De hecho, el Tribunal Supremo ha acotado esta lista. La Agencia Tributaria se vio obligada a recortarla en casi un millar de contribuyentes (958, en concreto) y a reducir las deudas reclamadas de manera pública y notoria en más de 2.200 millones de euros tras la sentencia del Tribunal Supremo de 2023 en la que sentó el principio de que solo podrían incluirse a las personas físicas y jurídicas con deudas o sanciones tributarias firmes.El Alto tribunal dio respuesta así a la catarata de recursos presentados por contribuyentes con sanciones tributarias recurridas, que protestaron por ver sus nombres expuestos al escarnio público como deudores con Hacienda sin tener una sentencia que diera firmeza a esa condición, aunque lo que desencadenó en último término la resolución del Supremo fue el recurso presentado por la Tesorería General de la Seguridad Social contra el Ayuntamiento de Madrid por incluir al organismo como moroso cuando aún se estaba discutiendo en los tribunales si había caso o no.
La lista de grandes morosos con la Agencia Tributaria -con deudas superiores a los 600.000 euros- se ha reducido sensiblemente este año hasta los 5.853 deudores con el fisco a cierre del ejercicio fiscal de 2025, lo que representa un 2,4% … menos que el año pasado. En la misma línea el importe de esas deudas que han provocado choques con Hacienda también se ha reducido un 4,4% hasta los 15.432 millones de euros.
De todos los defraudadores incluidos en ese listado, 1.111 son personas físicas por importe de 1.680 millones de euros (en la lista anterior eran 1.077 por importe de 1.579 millones de euros) y 4.742 son personas jurídicas por importe de 13.752 millones (frente a los 4.920 del año anterior y 14.558 millones).
Por su parte, del importe total, 4.288 millones de euros (el 28%) se corresponde con deuda de deudores en proceso concursal (1.166 deudores, el 20% del total) y, por tanto, es deuda afectada por un proceso en el que las posibilidades de cobro efectivo de las deudas se encuentran limitadas mientras dure el propio proceso concursal. En el listado anterior: algo más de 4.507 millones de euros (el 28%); 1.224 deudores, el 20% del total.
Si se restan duplicidades (ya que existen importes que corresponden a deudores principales y sus responsables solidarios), el importe sería de 15.364 millones de euros, en este caso un 12,2% superior. Al cierre de 2024 Hacienda contaba con un total de 5.997 deudores de más de 600.000 euros por un importe que superaba los 16.138 millones de euros.
Un escarmiento para no aparecer
En esta ocasión han salido de la lista de morosos 879 deudores que no figuraban en la del año pasado, con un importe adeudado de 1.729 millones de euros. La salida de la lista se puede deber tanto a la cancelación total o parcial de las deudas objeto de publicación, como a la obtención de un aplazamiento o suspensión de la deuda antes de la fecha de toma de datos de finales de 2025, o por falta de firmeza de la deuda.
Al mismo tiempo han entrado en la lista 735 deudores, que no aparecían en el listado publicado en junio de 2025. El importe de la deuda suma 1.083 millones de euros.
Los efectos de aparecer en esta especie de diana tributaria siguen dejándose notar. Porque entre los meses transcurridos desde la publicación en junio de 2024 del anterior listado, un total de 1.741 deudores que tenían deudas pendientes a 31 diciembre de 2024 y por las que fueron publicados en el listado de junio del año pasado, han realizado ingresos de esas deudas por importe de 220 millones.
Por otra parte, se han realizado ingresos por importe de 79,5 millones correspondientes a deudores que han evitado aparecer en el decimotercer listado a publicar en junio de 2026. Estos deudores se encontraban en una de estas dos situaciones.
Quiénes están incluidos
Para aparecer en la ya conocida como lista de morosos con Hacienda no es suficiente con tener deudas pendientes con el fisco. Automáticamente no se traslada ese contribuyente al listado. Hace falta cumplir otros criterios: superar los 600.000 euros de deuda pendiente, no haber sido pagado transcurrido el plazo original de ingreso en período voluntario (por ejemplo, este martes finaliza el plazo voluntario de la Renta), estar pendientes de pago a 31 de diciembre de 2025 y que no estar aplazadas o suspendidas por cualquier motivo legalmente previsto. Se habilita, no obstante, la posibilidad de ser excluido de la publicación si previamente se efectúa el pago íntegro de las deudas y sanciones tributarias que hubieran determinado la inclusión en el listado.
De hecho, el Tribunal Supremo ha acotado esta lista. La Agencia Tributaria se vio obligada a recortarla en casi un millar de contribuyentes (958, en concreto) y a reducir las deudas reclamadas de manera pública y notoria en más de 2.200 millones de euros tras la sentencia del Tribunal Supremo de 2023 en la que sentó el principio de que solo podrían incluirse a las personas físicas y jurídicas con deudas o sanciones tributarias firmes.
El Alto tribunal dio respuesta así a la catarata de recursos presentados por contribuyentes con sanciones tributarias recurridas, que protestaron por ver sus nombres expuestos al escarnio público como deudores con Hacienda sin tener una sentencia que diera firmeza a esa condición, aunque lo que desencadenó en último término la resolución del Supremo fue el recurso presentado por la Tesorería General de la Seguridad Social contra el Ayuntamiento de Madrid por incluir al organismo como moroso cuando aún se estaba discutiendo en los tribunales si había caso o no.
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