Estaba cantado. El auto del lunes del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que levantaba la orden de arresto contra Carles Puigdemont en aplicación de la doctrina del Constitucional, fijada por su presidente, Cándido Conde-Pumpido, y con notables críticas a esta, era el prólogo. La resolución de ayer de la Sala de lo Penal, firmada por Manuel Marchena, eleva varios grados la fricción entre ambas instituciones y certifica un choque de trenes que no es sólo producto de interpretaciones opuestas en materia jurídica y de competencias.
Con el nuevo auto de la Sala Penal queda claro que asistimos a un cruce de críticas y reproches entre el Supremo y el Constitucional que pasará a la historia de ambas instituciones
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos
Con el nuevo auto de la Sala Penal queda claro que asistimos a un cruce de críticas y reproches entre el Supremo y el Constitucional que pasará a la historia de ambas instituciones
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Estaba cantado. El auto del lunes del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que levantaba la orden de arresto contra Carles Puigdemont en aplicación de la doctrina del Constitucional, fijada por su presidente, Cándido Conde-Pumpido, y con notables críticas a esta, era el prólogo. La resolución de ayer de la Sala de lo Penal, firmada por Manuel Marchena, eleva varios grados la fricción entre ambas instituciones y certifica un choque de trenes que no es sólo producto de interpretaciones opuestas en materia jurídica y de competencias.
La personalidad y el peso específico de los ponentes de ambas resoluciones —Marchena y Conde-Pumpido— contribuyen a explicar la intensidad de la controversia. Se trata de un capítulo con diversos precedentes. Para ceñirnos de entrada a los textos, el órgano de garantías imputó al Supremo haber incurrido en una “drástica contradicción” al negar la aplicación de la amnistía al delito de malversación, contra el espíritu y la finalidad de la ley aprobada por el Parlamento, actuando así contra el “sentido común”.
El Supremo ha respondido haciendo lo que se le ordenaba —aplicar la amnistía—, pero arrastrando los pies hasta el último minuto. En su auto con ponencia de Marchena, la Sala de lo Penal replica que para resolver la controversia el Constitucional se ha valido de una “innecesaria grandilocuencia”, utilizando vocablos cuya “corteza” revela “el deseo de adornar un razonamiento invasivo del ámbito jurisdiccional” del Supremo con “expresiones llamadas a camuflar la intensidad de la injerencia”.
Cabe imaginar la curiosidad —tal vez la perplejidad— con que los dirigentes del procés estarán siguiendo este derroche de esgrima jurídica. Pero algo saben ya de sus causas, porque pudieron percibirlo en los cuatro meses que duró el juicio en el Supremo. Frente al máximo rigor de la Fiscalía —que pidió penas de 30 años de prisión— el Supremo buscó siempre su unanimidad por una vía intermedia, que garantizara una respuesta penal difícilmente atacable por desproporcionada. El ponente de la sentencia fue también Marchena, que se había enfrentado en 2014 con Conde-Pumpido para presidir la Sala Penal, logrando acceder al cargo, apoyado por un Consejo del Poder Judicial de mayoría conservadora.
Más tarde, Conde-Pumpido optó por una plaza en el Constitucional, y accedió a su presidencia, después de que dicho Consejo intentara bloquear este paso negándose a negociar la renovación del órgano de garantías. Entre ambos momentos hubo en 2018 otro muy perjudicial para Marchena, al desvelarse el mensaje de WhatsApp en que el portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, consideraba obtenido el control del Supremo “desde detrás” con el acuerdo para nombrar a Marchena como su presidente. La difusión de este texto provocó la inmediata renuncia de este magistrado al cargo. Luego, en 2022, Marchena rehusó acceder al Constitucional, que al año siguiente eligió a Conde-Pumpido como presidente. Hay un epílogo. El Constitucional subraya ahora que sus sentencias “no podrán ser enjuiciadas” por ningún otro tribunal. Y el Supremo destaca que la misma ley impone al órgano de garantías “un deber de contención argumental” que ha incumplido. Mientras, los líderes del procés van recuperando sus derechos políticos.
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