El exdiputado de Podemos Pablo Echenique ha sido absuelto del delito de odio por publicar un mensaje contra la pederastia en el clero, en respuesta a unas declaraciones del arzobispo de Oviedo contra la regularización de inmigrantes. La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado la petición de condena de la asociación ultracatólica Abogados Cristianos, que solicitaba un año de prisión, multa e inhabilitación contra el político.
La sentencia rechaza la petición de condena formulada por Abogados Cristianos, que solicitaba un año de prisión, multa e inhabilitación
La sentencia rechaza la petición de condena formulada por Abogados Cristianos, que solicitaba un año de prisión, multa e inhabilitación

MARISCAL AGENCIA EFE (EFE)

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a Pablo Echenique del delito de odio por el que había sido acusado a raíz de un mensaje contra el clero publicado en la red social X el 10 de mayo de 2024. La sentencia rechaza la petición de condena formulada por la Fundación Española de Abogados Cristianos, que solicitaba un año de prisión, multa e inhabilitación.
El Tribunal considera que el tuit fue una respuesta irónica a unas declaraciones sobre inmigración y concluye que no existió intención de incitar al odio ni que los sacerdotes constituyan un colectivo vulnerable. Aunque el mensaje difundido por el exdirigente político fue “desacertado” e “impropio”, según la sentencia, de una persona con relevancia pública, no encaja en el tipo penal previsto en el artículo 510.1 del Código Penal, que castiga la incitación al odio, la hostilidad, la discriminación o la violencia contra determinados colectivos.
Echenique publicó en X que “estadísticamente es mucho más probable que un sacerdote cometa un delito de agresión sexual contra menores de edad que delinca una persona migrante. Desde el punto de vista de la seguridad ciudadana, sería más eficaz deportar sacerdotes que endurecer la política migratoria”.
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