La Abogacía del Estado ha respondido a la indicación que dio el Tribunal Supremo a las partes para que en 48 horas informasen sobre si el tribunal debería emplazar a personarse en la causa a los miles de nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática a los que mantiene suspendido el derecho al voto desde el 8 de septiembre. En su escrito, los servicios jurídicos del Estado piden que se revoquen las medidas cautelares adoptadas por el alto tribunal y que han dejado sin capacidad de voto a los beneficiarios de la conocida como ley de nietos porque es “materialmente imposible” comprobar caso a caso —a tiempo de que puedan participar en las elecciones generales adelantadas al 29 de noviembre— quiénes cumplen los requisitos impuestos por el tribunal. Los magistrados dieron el mismo plazo para presentar alegaciones sobre los escritos registrados el pasado lunes por los dos partidos de ultraderecha, en los que estos piden al Supremo, precisamente, medidas urgentes para garantizar que la suspensión del voto se aplique en las elecciones generales del 29 de noviembre.
Los servicios jurídicos estatales insisten en que es “materialmente imposible” revisar todos los expedientes antes del 29-N
Los servicios jurídicos estatales insisten en que es “materialmente imposible” revisar todos los expedientes antes del 29-N

La Abogacía del Estado ha respondido al emplazamiento que dio el Tribunal Supremo a las partes para que informen sobre si el tribunal debería emplazar a personarse en la causa a los miles de nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática a los que mantiene suspendido el derecho al voto desde el 8 de septiembre. En su escrito, los servicios jurídicos del Estado piden que se revoquen las medidas cautelares adoptadas por el alto tribunal y que han dejado sin capacidad de voto a los beneficiarios de la conocida como ley de nietos porque es “materialmente imposible” comprobar caso a caso —a tiempo de que puedan participar en las elecciones generales adelantadas al 29 de noviembre— quiénes cumplen los requisitos impuestos por el tribunal. Los magistrados dieron el mismo plazo para presentar alegaciones sobre los escritos registrados el pasado lunes por los dos partidos de ultraderecha en los que piden al Supremo medidas urgentes para garantizar que la suspensión del voto se aplique en las elecciones del 29 de noviembre.
La Abogacía del Estado argumenta que la medida priva de sus derechos a un enorme número de españoles. “La Sala se encuentra en la necesidad de valorar, ponderar de forma proporcional, el sacrificio del derecho fundamental al sufragio activo que se está imponiendo, sin trámite de audiencia alguno, a 163.020 españoles”, señala el escrito. Entiende, además, que la participación de esos nuevos españoles “no tendría un impacto significativo en el resultados [electorales]”. En la ponderación de intereses, esgrime la Abogacía, “ante el riesgo del sacrificio inmediato de un derecho fundamental, lo que debe primar es el ejercicio del derecho a participar”. Atacan a los recurrentes, como Vox, porque entiende que su efecto último es eliminar el derecho a voto de los españoles descendientes de exiliados.
El alto tribunal adoptó la decisión de suspender el derecho a voto en el marco del recurso presentado por Iustitia Europa y Vox contra los efectos electorales de la ley de nietos, que reconoce el derecho a obtener la nacionalidad a los descendientes del exilio. El tribunal suspendió de forma cautelar el voto de miles de españoles cuando no había elecciones convocadas y pretendía dictar sentencia antes de los próximos comicios, una posibilidad que ahora se da casi por descartada por cuestión de plazos.
La sala explicaba que las alegaciones que presenten las partes deberán referirse tanto al emplazamiento de las personas que hayan obtenido la nacionalidad española bajo el paraguas de la ley de nietos, aprobada el 19 de octubre de 2022 y que reconoce el derecho a obtener la nacionalidad a los hijos y nietos de españoles que la hubieran perdido tras exiliarse “por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual”; como a quienes se han nacionalizado al amparo de la instrucción dictada cinco días después por el Ministerio de Justicia, que presume la condición de exiliados a todos los españoles que se vieron obligados a abandonar el país en las primeras décadas del franquismo (entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955).
Los magistrados solo cuestionan la inscripción en el censo de quienes se nacionalizaron a través de la instrucción de Justicia, por lo que acordaron que la suspensión del voto no regirá para aquellos que presenten un certificado del registro consular que acredite que es hijo o nieto de exiliado por razones políticas, ideológicas o de orientación sexual. Pero a los afectados no se les ha comunicado esa medida ni se le han dado pautas sobre cómo proceder para obtener ese certificado ni a quién deben exhibirlo para recuperar el derecho al voto.
El Supremo ha instado a las Oficinas del Censo Electoral a desglosar las inscripciones derivadas de la instrucción respecto de las vinculadas a la aplicación directa de los supuestos de exilio recogidos en la ley, pero, en la práctica, esa diferenciación es difícil de hacer, según han transmitido los consulados, un problema que se ve ahora agravado al acortarse los plazos tras el adelanto electoral. En un escrito enviado al Supremo, la dirección general de Asuntos Consulares advirtió hace unos días de que será necesario revisar uno por uno todos los expedientes de nacionalidades tramitadas por la ley de nietos para comprobar si la concesión se hizo bajo el paraguas de la ley o de la instrucción de Justicia.
Tampoco hay certeza de a cuántas personas afecta la decisión del Supremo. Según los datos del Gobierno, más de 2,4 millones han pedido la obtención de la nacionalidad al amparo de la ley de nietos, pero hasta el 31 de agosto solo la han obtenido alrededor de 600.000. De ellos, el Gobierno cifró en 333.696 los españoles nacionalizados por la Ley de Memoria que, a fecha del 31 de mayo, ya se habían inscrito en el CERA, mientras que había otros 238.065 nacionalizados aún no inscritos.
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