El país vecino está a las puertas de dar un importante giro a su política de vivienda. A falta de que la reforma supere su tramitación en el Parlamento, el Gobierno de Portugal ha aprobado un nuevo marco para el mercado del alquiler que concede más libertad a los propietarios, facilita la resolución de los contratos por impago y adelanta el final de los límites a los precios. El objetivo, según defiende el Ejecutivo, es «devolver la confianza al mercado» y conseguir que salgan a la luz miles de viviendas que actualmente permanecen vacías.El paquete fue aprobado el pasado 9 de julio por el Consejo de Ministros y forma parte de la estrategia Construir Portugal, impulsada por el Gobierno de centroderecha de Luís Montenegro. El Ejecutivo calcula que en el país existen unas 250.000 viviendas vacías y en condiciones de ser alquiladas, pero sostiene que muchos propietarios no las ofrecen por miedo a los impagos, las dificultades para recuperar el inmueble y los sucesivos cambios legislativos.Desahucio a partir de dos meses de impagoUno de los principales cambios afecta a los inquilinos que dejan de abonar la renta. La legislación portuguesa permite actualmente resolver el contrato cuando el impago se prolonga durante tres meses. Con la nueva regulación, ese plazo se reducirá a dos meses. Desde ese momento, el propietario podrá resolver el contrato e iniciar el correspondiente procedimiento para recuperar la vivienda.Noticia relacionada general No No El alquiler se hunde donde se regula: Madrid oferta cinco pisos más por habitante que Barcelona Jordi MartínezTambién se endurecerán las consecuencias de los retrasos reiterados. El casero podrá actuar cuando el inquilino pague con más de ocho días de demora en más de tres ocasiones, consecutivas o no, durante un periodo de doce meses, o en más de cuatro ocasiones a lo largo de dieciocho meses.A ello se suma una simplificación de los procedimientos de desahucio. El Gobierno pretende suprimir trámites que considera innecesarios, mejorar las notificaciones y agrupar en un mismo proceso las decisiones sobre el desalojo de la vivienda y el cobro de las rentas pendientes. Fianza sin límiteLa reforma también aumenta la libertad de las partes para fijar las garantías exigidas al comienzo del alquiler. Hasta ahora, los propietarios podían pedir una fianza equivalente, como máximo, a dos mensualidades. Con el nuevo régimen, ese límite desaparecerá y propietario e inquilino podrán pactar libremente la cantidad.En la práctica, un casero podrá exigir tres, cuatro o más mensualidades como fianza, siempre que la cantidad quede recogida en el contrato. Su cuantía tampoco podrá modificarse unilateralmente durante la vigencia del contrato.Noticia relacionada general No No Más de la mitad de los inquilinos en España son personas nacidas en el extranjero Jordi MartínezAhora bien, otra cosa distinta son las rentas pagadas por adelantado. En este caso sí seguirá existiendo un máximo, aunque se elevará de dos a tres mensualidades en los nuevos contratos. Las condiciones ya acordadas en los alquileres actualmente vigentes no cambiarán.Fin al control de precios en los nuevos contratosSin duda, uno de los cambios más profundos. El anterior Gobierno socialista introdujo en 2023 un límite para impedir que una vivienda que ya había estado alquilada pudiera regresar al mercado con una subida de más de un 2% la renta del anterior, además de las actualizaciones legales que no hubieran sido aplicadas. El límite debía mantenerse hasta finales de 2029.El Ejecutivo de Montenegro quiere ponerle fin al concluir 2026, tres años antes de lo previsto. Desde entonces, el precio inicial de los nuevos contratos podrá volver a ser pactado libremente entre el propietario y el futuro inquilino.Noticia relacionada general No No Ferran Font, analista inmobiliario: «El mercado de alquiler desaparece y quienes no pueden alquilar difícilmente podrán comprar» Jordi MartínezEl cambio no permitirá, sin embargo, que los caseros aumenten a voluntad las mensualidades de los contratos que ya estén en vigor. En estos casos, las revisiones continuarán haciéndose conforme a lo acordado al firmar o, si no existe una cláusula específica, de acuerdo con el coeficiente legal de actualización.Más facilidad para no renovarLos propietarios también tendrán más capacidad para recuperar la vivienda cuando finalice el periodo pactado. El casero podrá oponerse a la primera renovación automática del contrato, siempre que lo comunique al inquilino con la antelación exigida.La regulación vigente impedía que esa oposición produjera efectos antes de que hubieran transcurrido tres años desde la celebración del contrato. La reforma elimina ese blindaje, aunque mantiene las reglas generales sobre su duración: los alquileres seguirán teniendo un plazo mínimo de un año y un máximo de treinta.Qué ocurrirá con los alquileres anteriores a 1990Una de las peculiaridades del mercado portugués es la existencia de miles de contratos anteriores a 1990, algunos prácticamente vitalicios y con rentas muy alejadas de los precios actuales. La reforma pretende limitar su transmisión indefinida entre familiares y establece que los inquilinos menores de 65 años pasarán al nuevo régimen de alquiler. Si el hogar ingresa menos de 64.400 euros anuales, la renta quedará protegida durante cinco años; si supera esa cantidad, podrá actualizarse con un límite vinculado al valor fiscal de la vivienda.Noticia relacionada general No No Los extranjeros compran una de cada siete viviendas en España, pero ya no solo hablan inglés Jordi MartínezLos mayores de 65 años y las personas con una discapacidad igual o superior al 60% mantendrán una protección reforzada y sus contratos no pasarán al nuevo régimen. No obstante, cuando los ingresos del hogar superen los 64.400 euros anuales, el alquiler también podrá revisarse tomando como referencia el valor patrimonial del inmueble.Recuperar inmueble por obrasLa nueva normativa facilitará la finalización de los contratos cuando el inmueble necesite una rehabilitación profunda. En los alquileres antiguos, si el inquilino tiene más de 65 años o una discapacidad superior al 60%, el propietario tendrá que ofrecerle otra vivienda en condiciones análogas.En el resto de los casos, cuando no exista un acuerdo entre las partes, el casero deberá abonar una indemnización. La reforma persigue así desbloquear viviendas y edificios deteriorados sin eliminar completamente las garantías de quienes residen en ellos.También se mantiene el derecho de adquisición preferente del inquilino cuando el propietario decide vender la casa. Sin embargo, su ejercicio podrá limitarse cuando cause un perjuicio apreciable al dueño, como podría ocurrir en la venta conjunta de un edificio completo. Un fondo para las familias vulnerablesAhora bien, el Ejecutivo acompaña el endurecimiento de las condiciones con la creación de un Fondo de Emergencia para la Vivienda. La intención es que sea el Estado, y no el propietario particular, el que asuma la respuesta social cuando una familia no puede pagar y pierde su alojamiento.El fondo ofrecerá ayudas directas y no reembolsables para cubrir gastos de alojamiento o realojamiento, ya sea temporal o permanente. Estará dirigido, entre otros supuestos, a hogares desalojados por dificultades económicas y a víctimas de violencia doméstica. El país vecino está a las puertas de dar un importante giro a su política de vivienda. A falta de que la reforma supere su tramitación en el Parlamento, el Gobierno de Portugal ha aprobado un nuevo marco para el mercado del alquiler que concede más libertad a los propietarios, facilita la resolución de los contratos por impago y adelanta el final de los límites a los precios. El objetivo, según defiende el Ejecutivo, es «devolver la confianza al mercado» y conseguir que salgan a la luz miles de viviendas que actualmente permanecen vacías.El paquete fue aprobado el pasado 9 de julio por el Consejo de Ministros y forma parte de la estrategia Construir Portugal, impulsada por el Gobierno de centroderecha de Luís Montenegro. El Ejecutivo calcula que en el país existen unas 250.000 viviendas vacías y en condiciones de ser alquiladas, pero sostiene que muchos propietarios no las ofrecen por miedo a los impagos, las dificultades para recuperar el inmueble y los sucesivos cambios legislativos.Desahucio a partir de dos meses de impagoUno de los principales cambios afecta a los inquilinos que dejan de abonar la renta. La legislación portuguesa permite actualmente resolver el contrato cuando el impago se prolonga durante tres meses. Con la nueva regulación, ese plazo se reducirá a dos meses. Desde ese momento, el propietario podrá resolver el contrato e iniciar el correspondiente procedimiento para recuperar la vivienda.Noticia relacionada general No No El alquiler se hunde donde se regula: Madrid oferta cinco pisos más por habitante que Barcelona Jordi MartínezTambién se endurecerán las consecuencias de los retrasos reiterados. El casero podrá actuar cuando el inquilino pague con más de ocho días de demora en más de tres ocasiones, consecutivas o no, durante un periodo de doce meses, o en más de cuatro ocasiones a lo largo de dieciocho meses.A ello se suma una simplificación de los procedimientos de desahucio. El Gobierno pretende suprimir trámites que considera innecesarios, mejorar las notificaciones y agrupar en un mismo proceso las decisiones sobre el desalojo de la vivienda y el cobro de las rentas pendientes. Fianza sin límiteLa reforma también aumenta la libertad de las partes para fijar las garantías exigidas al comienzo del alquiler. Hasta ahora, los propietarios podían pedir una fianza equivalente, como máximo, a dos mensualidades. Con el nuevo régimen, ese límite desaparecerá y propietario e inquilino podrán pactar libremente la cantidad.En la práctica, un casero podrá exigir tres, cuatro o más mensualidades como fianza, siempre que la cantidad quede recogida en el contrato. Su cuantía tampoco podrá modificarse unilateralmente durante la vigencia del contrato.Noticia relacionada general No No Más de la mitad de los inquilinos en España son personas nacidas en el extranjero Jordi MartínezAhora bien, otra cosa distinta son las rentas pagadas por adelantado. En este caso sí seguirá existiendo un máximo, aunque se elevará de dos a tres mensualidades en los nuevos contratos. Las condiciones ya acordadas en los alquileres actualmente vigentes no cambiarán.Fin al control de precios en los nuevos contratosSin duda, uno de los cambios más profundos. El anterior Gobierno socialista introdujo en 2023 un límite para impedir que una vivienda que ya había estado alquilada pudiera regresar al mercado con una subida de más de un 2% la renta del anterior, además de las actualizaciones legales que no hubieran sido aplicadas. El límite debía mantenerse hasta finales de 2029.El Ejecutivo de Montenegro quiere ponerle fin al concluir 2026, tres años antes de lo previsto. Desde entonces, el precio inicial de los nuevos contratos podrá volver a ser pactado libremente entre el propietario y el futuro inquilino.Noticia relacionada general No No Ferran Font, analista inmobiliario: «El mercado de alquiler desaparece y quienes no pueden alquilar difícilmente podrán comprar» Jordi MartínezEl cambio no permitirá, sin embargo, que los caseros aumenten a voluntad las mensualidades de los contratos que ya estén en vigor. En estos casos, las revisiones continuarán haciéndose conforme a lo acordado al firmar o, si no existe una cláusula específica, de acuerdo con el coeficiente legal de actualización.Más facilidad para no renovarLos propietarios también tendrán más capacidad para recuperar la vivienda cuando finalice el periodo pactado. El casero podrá oponerse a la primera renovación automática del contrato, siempre que lo comunique al inquilino con la antelación exigida.La regulación vigente impedía que esa oposición produjera efectos antes de que hubieran transcurrido tres años desde la celebración del contrato. La reforma elimina ese blindaje, aunque mantiene las reglas generales sobre su duración: los alquileres seguirán teniendo un plazo mínimo de un año y un máximo de treinta.Qué ocurrirá con los alquileres anteriores a 1990Una de las peculiaridades del mercado portugués es la existencia de miles de contratos anteriores a 1990, algunos prácticamente vitalicios y con rentas muy alejadas de los precios actuales. La reforma pretende limitar su transmisión indefinida entre familiares y establece que los inquilinos menores de 65 años pasarán al nuevo régimen de alquiler. Si el hogar ingresa menos de 64.400 euros anuales, la renta quedará protegida durante cinco años; si supera esa cantidad, podrá actualizarse con un límite vinculado al valor fiscal de la vivienda.Noticia relacionada general No No Los extranjeros compran una de cada siete viviendas en España, pero ya no solo hablan inglés Jordi MartínezLos mayores de 65 años y las personas con una discapacidad igual o superior al 60% mantendrán una protección reforzada y sus contratos no pasarán al nuevo régimen. No obstante, cuando los ingresos del hogar superen los 64.400 euros anuales, el alquiler también podrá revisarse tomando como referencia el valor patrimonial del inmueble.Recuperar inmueble por obrasLa nueva normativa facilitará la finalización de los contratos cuando el inmueble necesite una rehabilitación profunda. En los alquileres antiguos, si el inquilino tiene más de 65 años o una discapacidad superior al 60%, el propietario tendrá que ofrecerle otra vivienda en condiciones análogas.En el resto de los casos, cuando no exista un acuerdo entre las partes, el casero deberá abonar una indemnización. La reforma persigue así desbloquear viviendas y edificios deteriorados sin eliminar completamente las garantías de quienes residen en ellos.También se mantiene el derecho de adquisición preferente del inquilino cuando el propietario decide vender la casa. Sin embargo, su ejercicio podrá limitarse cuando cause un perjuicio apreciable al dueño, como podría ocurrir en la venta conjunta de un edificio completo. Un fondo para las familias vulnerablesAhora bien, el Ejecutivo acompaña el endurecimiento de las condiciones con la creación de un Fondo de Emergencia para la Vivienda. La intención es que sea el Estado, y no el propietario particular, el que asuma la respuesta social cuando una familia no puede pagar y pierde su alojamiento.El fondo ofrecerá ayudas directas y no reembolsables para cubrir gastos de alojamiento o realojamiento, ya sea temporal o permanente. Estará dirigido, entre otros supuestos, a hogares desalojados por dificultades económicas y a víctimas de violencia doméstica.
El país vecino está a las puertas de dar un importante giro a su política de vivienda. A falta de que la reforma supere su tramitación en el Parlamento, el Gobierno de Portugal ha aprobado un nuevo marco para el mercado del alquiler que concede … más libertad a los propietarios, facilita la resolución de los contratos por impago y adelanta el final de los límites a los precios. El objetivo, según defiende el Ejecutivo, es «devolver la confianza al mercado» y conseguir que salgan a la luz miles de viviendas que actualmente permanecen vacías.
El paquete fue aprobado el pasado 9 de julio por el Consejo de Ministros y forma parte de la estrategia Construir Portugal, impulsada por el Gobierno de centroderecha de Luís Montenegro. El Ejecutivo calcula que en el país existen unas 250.000 viviendas vacías y en condiciones de ser alquiladas, pero sostiene que muchos propietarios no las ofrecen por miedo a los impagos, las dificultades para recuperar el inmueble y los sucesivos cambios legislativos.
Desahucio a partir de dos meses de impago
Uno de los principales cambios afecta a los inquilinos que dejan de abonar la renta. La legislación portuguesa permite actualmente resolver el contrato cuando el impago se prolonga durante tres meses. Con la nueva regulación, ese plazo se reducirá a dos meses. Desde ese momento, el propietario podrá resolver el contrato e iniciar el correspondiente procedimiento para recuperar la vivienda.
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También se endurecerán las consecuencias de los retrasos reiterados. El casero podrá actuar cuando el inquilino pague con más de ocho días de demora en más de tres ocasiones, consecutivas o no, durante un periodo de doce meses, o en más de cuatro ocasiones a lo largo de dieciocho meses.
A ello se suma una simplificación de los procedimientos de desahucio. El Gobierno pretende suprimir trámites que considera innecesarios, mejorar las notificaciones y agrupar en un mismo proceso las decisiones sobre el desalojo de la vivienda y el cobro de las rentas pendientes.
Fianza sin límite
La reforma también aumenta la libertad de las partes para fijar las garantías exigidas al comienzo del alquiler. Hasta ahora, los propietarios podían pedir una fianza equivalente, como máximo, a dos mensualidades. Con el nuevo régimen, ese límite desaparecerá y propietario e inquilino podrán pactar libremente la cantidad.
En la práctica, un casero podrá exigir tres, cuatro o más mensualidades como fianza, siempre que la cantidad quede recogida en el contrato. Su cuantía tampoco podrá modificarse unilateralmente durante la vigencia del contrato.
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Ahora bien, otra cosa distinta son las rentas pagadas por adelantado. En este caso sí seguirá existiendo un máximo, aunque se elevará de dos a tres mensualidades en los nuevos contratos. Las condiciones ya acordadas en los alquileres actualmente vigentes no cambiarán.
Fin al control de precios en los nuevos contratos
Sin duda, uno de los cambios más profundos. El anterior Gobierno socialista introdujo en 2023 un límite para impedir que una vivienda que ya había estado alquilada pudiera regresar al mercado con una subida de más de un 2% la renta del anterior, además de las actualizaciones legales que no hubieran sido aplicadas. El límite debía mantenerse hasta finales de 2029.
El Ejecutivo de Montenegro quiere ponerle fin al concluir 2026, tres años antes de lo previsto. Desde entonces, el precio inicial de los nuevos contratos podrá volver a ser pactado libremente entre el propietario y el futuro inquilino.
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El cambio no permitirá, sin embargo, que los caseros aumenten a voluntad las mensualidades de los contratos que ya estén en vigor. En estos casos, las revisiones continuarán haciéndose conforme a lo acordado al firmar o, si no existe una cláusula específica, de acuerdo con el coeficiente legal de actualización.
Más facilidad para no renovar
Los propietarios también tendrán más capacidad para recuperar la vivienda cuando finalice el periodo pactado. El casero podrá oponerse a la primera renovación automática del contrato, siempre que lo comunique al inquilino con la antelación exigida.
La regulación vigente impedía que esa oposición produjera efectos antes de que hubieran transcurrido tres años desde la celebración del contrato. La reforma elimina ese blindaje, aunque mantiene las reglas generales sobre su duración: los alquileres seguirán teniendo un plazo mínimo de un año y un máximo de treinta.
Qué ocurrirá con los alquileres anteriores a 1990
Una de las peculiaridades del mercado portugués es la existencia de miles de contratos anteriores a 1990, algunos prácticamente vitalicios y con rentas muy alejadas de los precios actuales. La reforma pretende limitar su transmisión indefinida entre familiares y establece que los inquilinos menores de 65 años pasarán al nuevo régimen de alquiler. Si el hogar ingresa menos de 64.400 euros anuales, la renta quedará protegida durante cinco años; si supera esa cantidad, podrá actualizarse con un límite vinculado al valor fiscal de la vivienda.
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Los mayores de 65 años y las personas con una discapacidad igual o superior al 60% mantendrán una protección reforzada y sus contratos no pasarán al nuevo régimen. No obstante, cuando los ingresos del hogar superen los 64.400 euros anuales, el alquiler también podrá revisarse tomando como referencia el valor patrimonial del inmueble.
Recuperar inmueble por obras
La nueva normativa facilitará la finalización de los contratos cuando el inmueble necesite una rehabilitación profunda. En los alquileres antiguos, si el inquilino tiene más de 65 años o una discapacidad superior al 60%, el propietario tendrá que ofrecerle otra vivienda en condiciones análogas.
En el resto de los casos, cuando no exista un acuerdo entre las partes, el casero deberá abonar una indemnización. La reforma persigue así desbloquear viviendas y edificios deteriorados sin eliminar completamente las garantías de quienes residen en ellos.
También se mantiene el derecho de adquisición preferente del inquilino cuando el propietario decide vender la casa. Sin embargo, su ejercicio podrá limitarse cuando cause un perjuicio apreciable al dueño, como podría ocurrir en la venta conjunta de un edificio completo.
Un fondo para las familias vulnerables
Ahora bien, el Ejecutivo acompaña el endurecimiento de las condiciones con la creación de un Fondo de Emergencia para la Vivienda. La intención es que sea el Estado, y no el propietario particular, el que asuma la respuesta social cuando una familia no puede pagar y pierde su alojamiento.
El fondo ofrecerá ayudas directas y no reembolsables para cubrir gastos de alojamiento o realojamiento, ya sea temporal o permanente. Estará dirigido, entre otros supuestos, a hogares desalojados por dificultades económicas y a víctimas de violencia doméstica.
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