Ojo si estás cobrando el desempleo porque el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) podría quitártelo durante 19 semanas si comienzas a cobrar esta determinada prestación. Y es que, la Ley General Contributiva no permite cobrar dos prestaciones contributivas simultáneamente. Así, si vas a ser padre o madre, estás parado y vas a recibir la ayuda por por nacimiento o cuidado del menor, toma nota de lo que te vamos a contar porque podrías ver cómo te quedas sin el desempleo durante cuatro meses.Lo primero que tienes que saber es que el SEPE no te quita permanentemente el paro, sino que te lo retira durante 19 semanas , que es el tiempo fijado por ley para la baja por maternidad y paternidad. En este sentido, lo que va a ocurrir es que el subsidio por desempleo se va a pausar, puesto que en esos cuatro meses vas a estar cobrando la prestación por maternidad o paternidad y la posibilidad de cobrar las dos a la vez no es compatible.Durante tu baja estarás cobrando la ayuda por maternidad o paternidad y una vez haya terminado dicho periodo, volverás a cobrar el paro con las mismas condiciones que tenías originariamente. Es decir, si tenías tus dos años de paro y por el momento solo habías disfrutado de 5 meses , la prestación del desempleo se pondrá en pausa en ese instantes y cuando finalices tu baja, comenzaras de nuevo a cobrar el paro desde el punto en el que se quedó. Cabe recordar que durante la baja por maternidad o paternidad, la persona beneficiaria va a cobrar el 100% de la base reguladora , que se calculará en función de las bases de cotización medias de los últimos 180 días.La excepciónSin embargo, hay que apuntar que existe una excepción que señala que si lo que percibes es un subsidio por desempleo menor , este no se va a paralizar, de tal manera que seguirás percibiéndolo, aunque tendrás que notificar el nacimiento para justificar que no puedes buscar activamente empleo ni recibir cursos.Pasos para evitar perder dineroAunque la ley es muy clara, hay que tener presente que la tramitación hay que llevarla a cabo de manera correcta porque si existe cualquier tipo de error, esto podría desembocar en una penalización o, incluso, en perder la ayuda.Los pasos que establece la administración son los siguientes:Solicita la suspensión temporal: debes avisar al SEPE nada más que nazca el bebé. La tramitación podrás hacerla a través de la Sede Electrónica del SEPE o de manera presencial con cita previa. Solicitar el alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): En la solicitud para la prestación deberás aportar junto a la solicitud el justificante de la suspensión del SEPE y el informe médico del nacimiento. Todo ello se tramita en la web de Tu Seguridad Social. Activación del paro: cuando finalice tu baja por maternidad o paternidad, dispones de un máximo de 15 días hábiles para inscribirte de nuevo como demandante de empleo y solicitar la reanudación del paro en el SEPE. No pierdas de vista el plazo porque si no lo haces en ese intervalo de tiempo, perderás tantos días de paro como el número de días en que te hayas atrasado en la comunicación.En definitiva, puedes estar tranquilo si vas a ser padre o madre y estás en paro porque no vas a perder tu prestación por desempleo, pero sí que tendrás que estar muy pendiente a toda la tramitación administrativa para evitar cualquier tipo de multa o penalización. Ojo si estás cobrando el desempleo porque el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) podría quitártelo durante 19 semanas si comienzas a cobrar esta determinada prestación. Y es que, la Ley General Contributiva no permite cobrar dos prestaciones contributivas simultáneamente. Así, si vas a ser padre o madre, estás parado y vas a recibir la ayuda por por nacimiento o cuidado del menor, toma nota de lo que te vamos a contar porque podrías ver cómo te quedas sin el desempleo durante cuatro meses.Lo primero que tienes que saber es que el SEPE no te quita permanentemente el paro, sino que te lo retira durante 19 semanas , que es el tiempo fijado por ley para la baja por maternidad y paternidad. En este sentido, lo que va a ocurrir es que el subsidio por desempleo se va a pausar, puesto que en esos cuatro meses vas a estar cobrando la prestación por maternidad o paternidad y la posibilidad de cobrar las dos a la vez no es compatible.Durante tu baja estarás cobrando la ayuda por maternidad o paternidad y una vez haya terminado dicho periodo, volverás a cobrar el paro con las mismas condiciones que tenías originariamente. Es decir, si tenías tus dos años de paro y por el momento solo habías disfrutado de 5 meses , la prestación del desempleo se pondrá en pausa en ese instantes y cuando finalices tu baja, comenzaras de nuevo a cobrar el paro desde el punto en el que se quedó. Cabe recordar que durante la baja por maternidad o paternidad, la persona beneficiaria va a cobrar el 100% de la base reguladora , que se calculará en función de las bases de cotización medias de los últimos 180 días.La excepciónSin embargo, hay que apuntar que existe una excepción que señala que si lo que percibes es un subsidio por desempleo menor , este no se va a paralizar, de tal manera que seguirás percibiéndolo, aunque tendrás que notificar el nacimiento para justificar que no puedes buscar activamente empleo ni recibir cursos.Pasos para evitar perder dineroAunque la ley es muy clara, hay que tener presente que la tramitación hay que llevarla a cabo de manera correcta porque si existe cualquier tipo de error, esto podría desembocar en una penalización o, incluso, en perder la ayuda.Los pasos que establece la administración son los siguientes:Solicita la suspensión temporal: debes avisar al SEPE nada más que nazca el bebé. La tramitación podrás hacerla a través de la Sede Electrónica del SEPE o de manera presencial con cita previa. Solicitar el alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): En la solicitud para la prestación deberás aportar junto a la solicitud el justificante de la suspensión del SEPE y el informe médico del nacimiento. Todo ello se tramita en la web de Tu Seguridad Social. Activación del paro: cuando finalice tu baja por maternidad o paternidad, dispones de un máximo de 15 días hábiles para inscribirte de nuevo como demandante de empleo y solicitar la reanudación del paro en el SEPE. No pierdas de vista el plazo porque si no lo haces en ese intervalo de tiempo, perderás tantos días de paro como el número de días en que te hayas atrasado en la comunicación.En definitiva, puedes estar tranquilo si vas a ser padre o madre y estás en paro porque no vas a perder tu prestación por desempleo, pero sí que tendrás que estar muy pendiente a toda la tramitación administrativa para evitar cualquier tipo de multa o penalización.
Ojo si estás cobrando el desempleo porque el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) podría quitártelo durante 19 semanas si comienzas a cobrar esta determinada prestación. Y es que, la Ley General Contributiva no permite cobrar dos prestaciones contributivas simultáneamente. Así, si vas … a ser padre o madre, estás parado y vas a recibir la ayuda por por nacimiento o cuidado del menor, toma nota de lo que te vamos a contar porque podrías ver cómo te quedas sin el desempleo durante cuatro meses.
Lo primero que tienes que saber es que el SEPE no te quita permanentemente el paro, sino que te lo retira durante 19 semanas, que es el tiempo fijado por ley para la baja por maternidad y paternidad. En este sentido, lo que va a ocurrir es que el subsidio por desempleo se va a pausar, puesto que en esos cuatro meses vas a estar cobrando la prestación por maternidad o paternidad y la posibilidad de cobrar las dos a la vez no es compatible.
Durante tu baja estarás cobrando la ayuda por maternidad o paternidad y una vez haya terminado dicho periodo, volverás a cobrar el paro con las mismas condiciones que tenías originariamente. Es decir, si tenías tus dos años de paro y por el momento solo habías disfrutado de 5 meses, la prestación del desempleo se pondrá en pausa en ese instantes y cuando finalices tu baja, comenzaras de nuevo a cobrar el paro desde el punto en el que se quedó.
Cabe recordar que durante la baja por maternidad o paternidad, la persona beneficiaria va a cobrar el 100% de la base reguladora, que se calculará en función de las bases de cotización medias de los últimos 180 días.
La excepción
Sin embargo, hay que apuntar que existe una excepción que señala que si lo que percibes es un subsidio por desempleo menor, este no se va a paralizar, de tal manera que seguirás percibiéndolo, aunque tendrás que notificar el nacimiento para justificar que no puedes buscar activamente empleo ni recibir cursos.
Pasos para evitar perder dinero
Aunque la ley es muy clara, hay que tener presente que la tramitación hay que llevarla a cabo de manera correcta porque si existe cualquier tipo de error, esto podría desembocar en una penalización o, incluso, en perder la ayuda.
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Los pasos que establece la administración son los siguientes:
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Solicita la suspensión temporal: debes avisar al SEPE nada más que nazca el bebé. La tramitación podrás hacerla a través de la Sede Electrónica del SEPE o de manera presencial con cita previa.
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Solicitar el alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): En la solicitud para la prestación deberás aportar junto a la solicitud el justificante de la suspensión del SEPE y el informe médico del nacimiento. Todo ello se tramita en la web de Tu Seguridad Social.
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Activación del paro: cuando finalice tu baja por maternidad o paternidad, dispones de un máximo de 15 días hábiles para inscribirte de nuevo como demandante de empleo y solicitar la reanudación del paro en el SEPE. No pierdas de vista el plazo porque si no lo haces en ese intervalo de tiempo, perderás tantos días de paro como el número de días en que te hayas atrasado en la comunicación.
En definitiva, puedes estar tranquilo si vas a ser padre o madre y estás en paro porque no vas a perder tu prestación por desempleo, pero sí que tendrás que estar muy pendiente a toda la tramitación administrativa para evitar cualquier tipo de multa o penalización.
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